LFPCCS_110518

Artículo 10. Sesiones del Sistema

El Sistema celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias para discutir y tomar decisiones sobre el sector. Estas sesiones son fundamentales para la operatividad del Sistema.

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Texto Legal

Las sesiones que celebre el Sistema serán ordinarias o extraordinarias. Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo cuando menos cuatro veces al año en forma trimestral y las extraordinarias las veces que sean necesarias, cuando sean convocadas por el Presidente o un mínimo de seis de sus integrantes según lo dispongan sus reglas de funcionamiento y operación.

En ambos casos, las sesiones serán válidas cuando se encuentren presentes la mayoría de sus miembros. En caso de ausencia del Presidente la sesión la presidirá su suplente. El Presidente o quien presida la sesión tendrá voto de calidad en caso de empate.

Los acuerdos serán tomados por mayoría de votos de los miembros presentes; de cada sesión se levantará acta circunstanciada la cual consignará los acuerdos tomados, llevando el registro de las mismas.

En las reuniones del Sistema podrán asistir invitados quienes podrán participar con voz pero sin voto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La participación en las sesiones del Sistema puede ser una oportunidad para influir en las decisiones que afectan al sector. Es recomendable que los actores interesados se mantengan informados sobre las convocatorias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LFPCCS_110518?

El Sistema celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias para discutir y tomar decisiones sobre el sector. Estas sesiones son fundamentales para la operatividad del Sistema.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de Producción, Certificación y Comercio de ...?

La participación en las sesiones del Sistema puede ser una oportunidad para influir en las decisiones que afectan al sector. Es recomendable que los actores interesados se mantengan informados sobre las convocatorias.

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