Todas las dependencias y organizaciones inscritas podrán acceder a la información del Registro. Esto fomenta la transparencia y el conocimiento del estado de los procedimientos.
Todas las dependencias y entidades, así como las organizaciones inscritas, tendrán acceso a la información existente en el Registro, con el fin de estar enteradas del estado que guardan los procedimientos del mismo.
Aquellas personas que deseen allegarse de información establecida en el Registro, deberán seguir el procedimiento a que se refiere el Capítulo I del Título Quinto de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Párrafo reformado DOF 24-04-2018
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las organizaciones deben aprovechar el acceso a la información para estar al tanto de su situación y la de otras organizaciones. Esto puede ser útil para la colaboración y el fomento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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