LFDEAPD

Artículo 12. Migrantes y el Procedimiento

El Mecanismo de Apoyo Exterior garantiza el acceso al procedimiento para Familiares de Personas Desaparecidas que sean migrantes. Esto es fundamental para proteger sus derechos.

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Texto Legal

Cuando el procedimiento de Declaración Especial de Ausencia verse sobre una Persona Desaparecida que sea migrante, el Mecanismo de Apoyo Exterior garantizará a los Familiares de ésta el acceso a dicho procedimiento, en términos de su competencia. Asimismo, el Órgano Jurisdiccional dictará las medidas necesarias para la protección de la Persona Desaparecida y sus Familiares.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo destaca la importancia de proteger a los migrantes en el proceso. Los abogados deben estar informados sobre los mecanismos de apoyo disponibles para sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LFDEAPD?

El Mecanismo de Apoyo Exterior garantiza el acceso al procedimiento para Familiares de Personas Desaparecidas que sean migrantes. Esto es fundamental para proteger sus derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Declaración Especial de Ausencia para Pe...?

Este artículo destaca la importancia de proteger a los migrantes en el proceso. Los abogados deben estar informados sobre los mecanismos de apoyo disponibles para sus clientes.

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