LFCE

Artículo 82. Coadyuvancia en el procedimiento

Quien presentó la denuncia que dio inicio a la investigación será coadyuvante de la Autoridad Investigadora en el juicio. Esto permite una colaboración activa en el proceso.

coadyuvanciadenunciaprocedimiento

Texto Legal

Quien haya presentado la denuncia que dio inicio a la investigación será coadyuvante de la Autoridad Investigadora en el procedimiento seguido en forma de juicio, en los términos que determine el estatuto orgánico.

Sección II Del Desahogo del Procedimiento

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La figura del coadyuvante puede influir en la dinámica del juicio. Los abogados deben evaluar cómo esta relación puede afectar la estrategia de defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 82 del LFCE?

Quien presentó la denuncia que dio inicio a la investigación será coadyuvante de la Autoridad Investigadora en el juicio. Esto permite una colaboración activa en el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 82 de la LEY de Competencia Económica?

La figura del coadyuvante puede influir en la dinámica del juicio. Los abogados deben evaluar cómo esta relación puede afectar la estrategia de defensa.

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