LFCE

Artículo 77. Denuncias ante la Fiscalía

La Autoridad Investigadora puede presentar denuncias ante la Fiscalía General de la República por conductas delictivas en materia de competencia económica. Esto incluye la posibilidad de ser coadyuvante en investigaciones.

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Texto Legal

En cualquier momento la Autoridad Investigadora podrá presentar denuncia o querella ante la Fiscalía General de la República respecto de probables conductas delictivas en materia de libre concurrencia y competencia económica y, en su caso, ser coadyuvante en el curso de las investigaciones que deriven de la citada denuncia o querella. Párrafo reformado DOF 20-05-2021

Si de la investigación se desprenden medios de convicción que presuman una afectación que provoca daños y perjuicios a los consumidores, se dará vista del dictamen de probable responsabilidad a la Procuraduría para los efectos a que haya lugar.

Una vez que se emita el dictamen de probable responsabilidad, se considera que la Autoridad Investigadora tiene conocimiento de las probables conductas violatorias y de quienes probablemente las cometieron, para efectos de lo establecido en el artículo 107 del Código Penal Federal. Párrafo adicionado DOF 16-07-2025

La Comisión deberá emitir Disposiciones Regulatorias que detallen los criterios y supuestos en los que se presentará querella por el delito previsto en el artículo 254 Bis del Código Penal Federal ante la Fiscalía General de la República. Párrafo adicionado DOF 16-07-2025

Sección II Bis Del Procedimiento de Calificación Sección adicionada DOF 16-07-2025

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben estar atentas a las acciones de la Autoridad Investigadora, ya que las denuncias pueden derivar en sanciones severas y afectar su reputación en el mercado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del LFCE?

La Autoridad Investigadora puede presentar denuncias ante la Fiscalía General de la República por conductas delictivas en materia de competencia económica. Esto incluye la posibilidad de ser coadyuvante en investigaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 77 de la LEY de Competencia Económica?

Las empresas deben estar atentas a las acciones de la Autoridad Investigadora, ya que las denuncias pueden derivar en sanciones severas y afectar su reputación en el mercado.

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