LFCE

Artículo 62. Concentraciones ilicitas

Se consideran ilicitas aquellas concentraciones que obstaculizan la libre concurrencia o la competencia economica. Este articulo es clave para la regulación de fusiones.

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Texto Legal

Se consideran ilícitas aquellas concentraciones que tengan por objeto o efecto obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la libre concurrencia o la competencia económica.

Sección III De la Evaluación de las Concentraciones

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las concentraciones ilicitas pueden tener graves consecuencias legales. Es recomendable que los abogados realicen un análisis exhaustivo antes de proceder con fusiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 62 del LFCE?

Se consideran ilicitas aquellas concentraciones que obstaculizan la libre concurrencia o la competencia economica. Este articulo es clave para la regulación de fusiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 62 de la LEY de Competencia Económica?

Las concentraciones ilicitas pueden tener graves consecuencias legales. Es recomendable que los abogados realicen un análisis exhaustivo antes de proceder con fusiones.

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