LFCE

Artículo 4. Responsabilidad de Agentes Económicos

Todos los Agentes Económicos están sujetos a esta Ley y pueden ser responsables de decisiones que afecten la competencia. La responsabilidad puede ser solidaria entre quienes influyen en la conducta prohibida.

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Texto Legal

Están sujetos a lo dispuesto por esta Ley todos los Agentes Económicos. Serán responsables solidarios los Agentes Económicos que hayan tomado o adoptado la decisión, así como instruido o ejercido influencia decisiva en la toma de decisión, y el directamente involucrado en la realización de la conducta prohibida por esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo destaca la responsabilidad compartida entre los agentes, lo que implica que las empresas deben tener cuidado en sus decisiones. Es recomendable implementar políticas internas de cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LFCE?

Todos los Agentes Económicos están sujetos a esta Ley y pueden ser responsables de decisiones que afecten la competencia. La responsabilidad puede ser solidaria entre quienes influyen en la conducta prohibida.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de Competencia Económica?

Este artículo destaca la responsabilidad compartida entre los agentes, lo que implica que las empresas deben tener cuidado en sus decisiones. Es recomendable implementar políticas internas de cumplimiento.

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