La Autoridad Investigadora contará con un titular y la estructura necesaria para cumplir sus funciones, conforme a lo establecido en el estatuto orgánico de la Comisión.
La Autoridad Investigadora tendrá un titular que la representará y contará con la estructura orgánica, personal y recursos necesarios para el cumplimiento de su objeto, mismos que estarán sujetos a lo que se establezca en el estatuto orgánico de la Comisión.
Capítulo II De sus Atribuciones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La adecuada estructuración de la Autoridad Investigadora es clave para su eficacia. Los recursos y personal deben ser suficientes para llevar a cabo investigaciones exhaustivas.
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