LFCE

Artículo 22. Juicio Político

Los Comisionados pueden ser sujetos a juicio político según lo establecido en la Constitución y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Esto asegura la rendición de cuentas.

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Texto Legal

Los Comisionados serán sujetos de juicio político en términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Título Segundo de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El juicio político es una herramienta importante para la rendición de cuentas. Los Comisionados deben ser conscientes de sus responsabilidades y actuar con integridad para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LFCE?

Los Comisionados pueden ser sujetos a juicio político según lo establecido en la Constitución y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Esto asegura la rendición de cuentas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY de Competencia Económica?

El juicio político es una herramienta importante para la rendición de cuentas. Los Comisionados deben ser conscientes de sus responsabilidades y actuar con integridad para evitar sanciones.

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