La Persona Comisionada Presidente debe notificar al Ejecutivo Federal tres meses antes de que finalice el periodo de los Comisionados. Esta notificacion es clave para asegurar la continuidad en la gestion de la Comision.
Cuando las Personas Comisionadas estén por concluir el periodo para el que hayan sido nombradas, la Persona Comisionada Presidente, con tres meses de anticipación, deberá notificar esta circunstancia a la persona titular del Ejecutivo Federal. Artículo adicionado DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La anticipacion en la notificacion permite al Ejecutivo Federal planificar la designacion de nuevos Comisionados, lo que es crucial para evitar vacantes prolongadas que puedan afectar la operatividad de la Comision. Es recomendable que los interesados en estos cargos mantengan un seguimiento de los plazos establecidos.
Anterior
Art. 13 Bis. Comisionados de la Comision
Siguiente
Art. 13 Quáter. Prohibiciones para Personas Comisionadas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo