La exhibicion y comercializacion de peliculas no debe ser objeto de mutilacion o censura sin la autorizacion del titular de derechos de autor. Esto protege la integridad de las obras cinematograficas.
La exhibición pública de una película cinematográfica en salas cinematográficas o lugares que hagan sus veces, y su comercialización, incluida la renta o venta no deberá ser objeto de mutilación, censura o cortes por parte del distribuidor o exhibidor, salvo que medie la previa autorización del titular de los derechos de autor.
Las que se transmitan por televisión se sujetarán a las leyes de la materia. Artículo adicionado DOF 05-01-1999
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es vital que los exhibidores y distribuidores respeten los derechos de autor para evitar sanciones legales y mantener la calidad de las obras exhibidas.
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