El gasto en publicidad oficial se ajustará a lo indispensable y no podrá incrementarse sin justificación. Esto busca controlar el gasto en comunicación.
El gasto neto total asignado anualmente a la difusión de propaganda o publicidad oficial por los entes públicos, se sujetará a las disposiciones que para el efecto emitan la Secretaría y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicho gasto se ajustará a lo estrictamente indispensable para dar cumplimiento a los fines informativos, educativos o de orientación social cuya difusión se determine necesaria.
Las asignaciones dispuestas en el párrafo anterior, no podrán ser objeto de incrementos durante el ejercicio fiscal correspondiente, salvo el necesario para atender situaciones de carácter emergente, caso fortuito o fuerza mayor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es fundamental para la gestión de la comunicación pública. Los contadores deben asesorar sobre cómo se pueden justificar estos gastos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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