Se prohíbe la duplicidad de funciones en la Administración Pública Federal, salvo en funciones complementarias. Esto busca optimizar recursos humanos.
Queda prohibida toda duplicidad de funciones en las unidades que conforman la Administración Pública Federal de acuerdo con lo establecido en su Ley Orgánica.
No serán consideradas duplicadas las funciones complementarias y transversales realizadas por las Unidades de Igualdad de Género.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La eliminación de duplicidades es clave para la eficiencia. Los contadores deben ayudar a identificar áreas donde se puedan hacer ajustes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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