Los permisionarios deben presentar informes mensuales sobre sus actividades a la Secretaría. Esto ayuda a mantener un control efectivo sobre el uso de armas.
Quienes tengan permiso general, deben rendir a la Secretaría, dentro de los diez primeros días de cada mes, un informe detallado de sus actividades, en el que se especifique el movimiento ocurrido en el mes anterior. Artículo reformado DOF 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La puntualidad en la entrega de informes es crucial para evitar sanciones. Se recomienda establecer un sistema de recordatorios para no omitir esta obligación.
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Art. 67. Requisitos de almacenamiento
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Art. 69. Facilidades para visitas de verificación
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