Se prohíbe el envío de armas y materiales relacionados a través del Servicio Postal Mexicano. Esta prohibición es fundamental para el control de la seguridad pública.
Queda prohibido el envío de armas, partes, componentes y accesorios de las mismas, municiones y sus partes constitutivas, así como artificios, materiales explosivos y sustancias químicas relacionadas con estos, a través del Servicio Postal Mexicano o los servicios de mensajería y paquetería que operan en territorio nacional. Artículo reformado DOF 29-05-2025
CAPITULO V Del almacenamiento
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas de mensajería deben estar al tanto de esta prohibición para evitar complicaciones legales. Se recomienda capacitar al personal sobre las regulaciones vigentes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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