LFAFE

Artículo 63. Restricciones para personas en transito

Las personas que ingresan al pais en transito no pueden llevar armas sin el permiso correspondiente. Esta medida busca regular la posesion de armas en el territorio nacional.

transitopermisosarmas

Texto Legal

Las personas que se internen al país en tránsito, no pueden llevar consigo ni adquirir las armas, objetos y materiales mencionados en este Título, sin la licencia o permiso correspondiente. Artículo reformado DOF 29-05-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los viajeros conozcan las restricciones sobre armas al cruzar fronteras. La falta de un permiso puede resultar en sanciones severas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 63 del LFAFE?

Las personas que ingresan al pais en transito no pueden llevar armas sin el permiso correspondiente. Esta medida busca regular la posesion de armas en el territorio nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 63 de la LEY de Armas de Fuego y Explosivos?

Es importante que los viajeros conozcan las restricciones sobre armas al cruzar fronteras. La falta de un permiso puede resultar en sanciones severas.

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