Las licencias de portación de armas pueden ser canceladas por diversas razones, incluyendo el mal uso de las armas y la alteración de las licencias. Es fundamental que los poseedores cumplan con las normativas establecidas.
Las licencias de portación de armas son intransferibles. Se cancelarán, sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan, en los siguientes casos: Párrafo reformado DOF 29-05-2025
I.- Cuando sus poseedores hagan mal uso de las armas o de las licencias;
II.- Cuando sus poseedores alteren las licencias;
III.- Cuando se usen las armas fuera de los lugares autorizados;
IV.- Cuando se porte un arma distinta a la que ampara la licencia;
V.- Cuando el arma amparada por la licencia se modifique en sus características originales;
VI.- Cuando la expedición de la licencia se haya basado en engaño, o cuando a juicio de la Secretaría hayan desaparecido los motivos que se tuvieron en cuenta para otorgarla o que por causa superveniente se dejare de satisfacer algún otro requisito necesario para su expedición; Fracción reformada DOF 29-05-2025
VII.- Por resolución de autoridad competente;
VIII.- Cuando sus poseedores cambien de domicilio sin manifestarlo a la Secretaría; Fracción reformada DOF 29-05-2025
IX.- Por no cumplir el interesado las disposiciones de esta Ley, de sus Reglamentos o las de la Secretaría dictadas con base en esos Ordenamientos. Fracción reformada DOF 29-05-2025
La suspensión de las licencias de portación de armas procederá a juicio de la Secretaría conforme a los procedimientos establecidos en el Reglamento de esta Ley. Párrafo reformado DOF 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los poseedores de licencias deben estar informados sobre las causas de cancelación para evitar sanciones. La transparencia en el uso de las armas es esencial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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