LFAFE

Artículo 3. Intervención de Autoridades Locales

Las autoridades estatales y municipales tienen intervención en la aplicación de esta Ley dentro de sus competencias. Este artículo resalta la colaboración entre niveles de gobierno.

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Texto Legal

Las autoridades de las entidades federativas, de los municipios y de las alcaldías de la Ciudad de México, en sus correspondientes ámbitos de competencia, tienen la intervención que esta Ley y su Reglamento señalan. Artículo reformado DOF 23-12-1974, 08-02-1985, 06-12-2022, 29-05-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La colaboración entre diferentes niveles de gobierno puede generar confusiones. Es recomendable que los profesionales del derecho estén al tanto de las competencias de cada autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LFAFE?

Las autoridades estatales y municipales tienen intervención en la aplicación de esta Ley dentro de sus competencias. Este artículo resalta la colaboración entre niveles de gobierno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY de Armas de Fuego y Explosivos?

La colaboración entre diferentes niveles de gobierno puede generar confusiones. Es recomendable que los profesionales del derecho estén al tanto de las competencias de cada autoridad.

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