Se prohíbe la posesión y uso de accesorios que conviertan armas semiautomáticas en automáticas, así como el uso de equipo especializado para actividades ilícitas. Esta regulación busca prevenir el uso indebido de armamento en actividades delictivas.
Se prohíbe:
I.- La posesión, transportación, uso o fabricación de instrumentos, accesorios o aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, incluidos los de manufactura tridimensional, con técnicas aditivas o de forma artesanal.
II.- El empleo de equipo de visión nocturna, designadores laser, miras holográficas o térmicas, así como todos aquellos accesorios utilizados para mejorar el empleo del armamento en actividades ilícitas, ajenas a la práctica lúdica de caza o tiro. Artículo adicionado DOF 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los propietarios de armas conozcan estas prohibiciones para evitar sanciones. La fabricación o posesión de estos accesorios puede acarrear consecuencias legales severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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