Las normas y actos de la Comisión solo podrán ser impugnados mediante juicio de amparo indirecto. Este procedimiento es exclusivo y no admite suspensión.
Las normas generales, actos u omisiones de la Comisión, incluyendo las Normas Oficiales Mexicanas en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, podrán ser impugnadas únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los concesionarios deben estar preparados para utilizar el juicio de amparo indirecto como recurso legal, dado que es el único medio para impugnar decisiones de la Comisión.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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