LMTR

Artículo 255. Atencion a quejas de audiencias

El defensor de audiencias debe atender reclamaciones y sugerencias, garantizando accesibilidad para personas con discapacidad. Las respuestas deben ser claras y publicadas oportunamente.

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Texto Legal

El defensor de la audiencia atenderá las reclamaciones, sugerencias y quejas de las audiencias sobre contenidos y programación, implementando mecanismos para que las audiencias con discapacidad tengan accesibilidad. Los radioescuchas o televidentes podrán formular sus reclamaciones por escrito e identificarse con nombre, apellidos, domicilio, y, en su caso, correo electrónico, a fin de que reciban una respuesta individualizada. Para garantizar el acceso efectivo a este derecho, se deberán habilitar medios accesibles para personas con

LEY EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

discapacidad. Asimismo, deberán presentar sus reclamaciones o sugerencias en un plazo no superior a siete días hábiles posteriores a la emisión del programa objeto de la misma. Recibidas las reclamaciones, quejas o sugerencias, el defensor las tramitará en las áreas o departamentos responsables del concesionario, requiriendo las explicaciones que considere pertinentes. El defensor responderá al radioescucha o televidente en un plazo máximo de veinte días hábiles aportando las respuestas recibidas y, en su caso, con la explicación que a su juicio merezca. La rectificación, recomendación o propuesta de acción correctiva que proponga el defensor de la audiencia al concesionario, deberá ser clara y precisa. Se difundirá y hará pública dentro de un plazo de veinticuatro horas, en la página electrónica que el concesionario de radiodifusión publique para dichos efectos, sin perjuicio de que también pueda difundirse en medios de comunicación, incluyendo el del propio concesionario. TÍTULO DÉCIMO PRIMERO De la Regulación Asimétrica Capítulo I De la Preponderancia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece un proceso claro para la atencion de quejas. Los contadores deben asegurarse de que los concesionarios implementen mecanismos eficaces para cumplir con estas obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 255 del LMTR?

El defensor de audiencias debe atender reclamaciones y sugerencias, garantizando accesibilidad para personas con discapacidad. Las respuestas deben ser claras y publicadas oportunamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 255 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

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