LMTR

Artículo 237. Publicidad de Loterías y Sorteos

La publicidad de loterías, rifas y sorteos solo puede realizarse con autorización previa de la Secretaría de Gobernación. Esto regula la promoción de juegos de azar.

loteriassorteospublicidad
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 16 de julio de 2025. Verificado en 2026.

Texto Legal

Sólo podrá hacerse publicidad o anuncio de loterías, rifas y sorteos cuando éstos hayan sido previamente autorizados por la Secretaría de Gobernación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los concesionarios deben asegurarse de obtener las autorizaciones necesarias antes de promocionar cualquier juego de azar para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 237 del LMTR?

La publicidad de loterías, rifas y sorteos solo puede realizarse con autorización previa de la Secretaría de Gobernación. Esto regula la promoción de juegos de azar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 237 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

Los concesionarios deben asegurarse de obtener las autorizaciones necesarias antes de promocionar cualquier juego de azar para evitar sanciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 237 del LMTR?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 237 LMTR desde tu celular