LMTR

Artículo 224. Información sobre acontecimientos de interés

Los concesionarios deben incluir en su programación información sobre acontecimientos políticos, sociales y culturales de interés general. Esto asegura que el público esté informado sobre temas relevantes.

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Texto Legal

Los concesionarios que presten servicios de radiodifusión y de televisión y audio restringidos incluirán en su programación diaria información sobre acontecimientos de carácter político, social, cultural, deportivo y otros asuntos de interés general, nacionales o internacionales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Mantener al público informado sobre acontecimientos relevantes es clave para el cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios y para fomentar una ciudadanía informada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 224 del LMTR?

Los concesionarios deben incluir en su programación información sobre acontecimientos políticos, sociales y culturales de interés general. Esto asegura que el público esté informado sobre temas relevantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 224 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

Mantener al público informado sobre acontecimientos relevantes es clave para el cumplimiento de las obligaciones de los concesionarios y para fomentar una ciudadanía informada.

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