Los concesionarios declarados como agentes preponderantes no pueden otorgar trato preferencial a sus servicios. Esto busca promover la competencia justa en el sector de telecomunicaciones.
El concesionario de telecomunicaciones que haya sido declarado como agente preponderante no podrá otorgar trato preferencial a los servicios que ofrecen, consistentes con los principios de competencia, por sí o a través de sus empresas subsidiarias, filiales, afiliadas o que pertenezcan al mismo grupo de interés económico.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los concesionarios deben revisar sus prácticas comerciales para asegurarse de que no están violando esta prohibición. La vigilancia de la competencia es esencial para evitar sanciones.
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