LMTR

Artículo 128. Principios de neutralidad

Los concesionarios con participación pública deben adherirse a principios de neutralidad a la competencia en sus operaciones comerciales. Esto es crucial para mantener un mercado justo.

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Texto Legal

Los concesionarios con participación pública deberán sujetarse a principios de neutralidad a la competencia cuando sus fines sean comerciales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La neutralidad es clave para evitar prácticas monopolísticas; los concesionarios deben asegurarse de cumplir con estos principios para fomentar un entorno competitivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 128 del LMTR?

Los concesionarios con participación pública deben adherirse a principios de neutralidad a la competencia en sus operaciones comerciales. Esto es crucial para mantener un mercado justo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 128 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

La neutralidad es clave para evitar prácticas monopolísticas; los concesionarios deben asegurarse de cumplir con estos principios para fomentar un entorno competitivo.

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