Establece el derecho del contribuyente a utilizar los medios de defensa que las leyes fiscales ponen a su disposicion contra actos de las autoridades fiscales que considere ilegales.
Los contribuyentes tendran a su alcance los recursos y medios de defensa que procedan, en los terminos de las disposiciones legales respectivas, contra los actos dictados por las autoridades fiscales, asi como a que en la notificacion de dichos actos se indique el recurso o medio de defensa procedente, el plazo para su interposicion y el organo ante el que debe formularse.
| Medio de defensa | Fundamento | Plazo | Organo |
|---|---|---|---|
| Recurso de revocacion | Art. 116-133 CFF | 30 dias habiles | SAT (autoridad emisora) |
| Juicio contencioso administrativo | LFPCA | 30-45 dias habiles | TFJA |
| Juicio de amparo indirecto | Ley de Amparo | 15 dias habiles | Juzgado de Distrito |
| Acuerdo conclusivo | Art. 69-C CFF | Durante la auditoria | PRODECON |
La autoridad esta obligada a incluir en la notificacion de sus actos:
1. El recurso o medio de defensa que procede contra el acto
2. El plazo para interponer el recurso
3. El organo ante el cual debe presentarse
4. La base legal del medio de defensa
Si la notificacion no contiene la informacion sobre medios de defensa:
- No comienza a correr el plazo para impugnar
- El contribuyente puede solicitar la nulidad de la notificacion
- Procede queja ante PRODECON
- La omision puede dar lugar a una notificacion ilegal
En materia fiscal, el contribuyente puede elegir entre:
- Interponer primero el recurso de revocacion ante el SAT
- Acudir directamente al juicio contencioso ante el TFJA
- En ambos casos, queda abierto el amparo directo contra la resolucion definitiva
El acuerdo conclusivo es un medio alternativo de solucion de controversias que puede utilizarse durante la auditoria:
- Es gratuito para el contribuyente
- PRODECON actua como mediador entre el contribuyente y la autoridad
- Puede lograrse la condonacion total de multas
- Es mas rapido que el litigio tradicional
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La eleccion del medio de defensa correcto es una de las decisiones mas importantes que toma un contribuyente. En SDV Asesores evaluamos cada caso individualmente para recomendar la estrategia optima. El recurso de revocacion es gratuito pero se resuelve por la misma autoridad que emitio el acto; el juicio contencioso es ante un tribunal independiente pero requiere mayor inversion. El acuerdo conclusivo ante PRODECON es particularmente atractivo porque permite la condonacion del 100% de las multas. Cada medio tiene ventajas y desventajas que deben analizarse en funcion del caso concreto.
Art. 21. Derecho al debido proceso en materia fiscal
Reconoce el derecho del contribuyente al debido proceso legal en todos los procedimientos fiscales, incluyendo el derecho a ser oido, a ofrecer pruebas, y a obtener resoluciones fundadas y motivadas.
Art. 22. Suspension del procedimiento administrativo de ejecucion
Regula el derecho del contribuyente a solicitar la suspension del procedimiento administrativo de ejecucion cuando interponga medios de defensa, cumpliendo con los requisitos de garantia del interes fiscal.
Art. 26. PRODECON como defensor del contribuyente
Establece el papel de la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) como organismo autonomo encargado de proteger, defender y asesorar a los contribuyentes frente a las autoridades fiscales.
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