LFDC

Artículo 22. Suspension del procedimiento administrativo de ejecucion

Regula el derecho del contribuyente a solicitar la suspension del procedimiento administrativo de ejecucion cuando interponga medios de defensa, cumpliendo con los requisitos de garantia del interes fiscal.

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Texto Legal

Articulo 22 - Suspension del Procedimiento Administrativo de Ejecucion

Los contribuyentes tendran derecho a que cuando interpongan algun medio de defensa, y en tanto este se resuelve, se suspenda el procedimiento administrativo de ejecucion, siempre que se garantice el interes fiscal en los terminos del Codigo Fiscal de la Federacion.

Procedimiento administrativo de ejecucion (PAE)

El PAE es el procedimiento mediante el cual la autoridad cobra coactivamente los creditos fiscales firmes:

1. Requerimiento de pago: La autoridad exige el pago del credito
2. Embargo: Si no se paga, se embargan bienes del contribuyente
3. Remate: Los bienes embargados se rematan para cubrir el credito
4. Adjudicacion: Si no hay postores, el fisco se adjudica los bienes

Formas de garantizar el interes fiscal


Forma de garantiaVentajasDesventajas
Deposito en dineroSuspension inmediataInmoviliza recursos
Carta de creditoNo inmoviliza efectivoCosto financiero
Fianza de compania autorizadaNo afecta patrimonio directoCosto de prima
HipotecaUsa bienes inmueblesLimita disposicion del bien
PrendaUsa bienes mueblesLimita disposicion del bien
Embargo en la via administrativaNo requiere gasto adicionalLos bienes quedan embargados
Obligacion solidaria de terceroNo afecta patrimonio propioRequiere tercero solvente

Requisitos para la suspension

1. Interponer medio de defensa (recurso o juicio) dentro del plazo
2. Garantizar el interes fiscal en los terminos del CFF
3. Solicitar expresamente la suspension del PAE
4. La garantia debe cubrir el monto del credito mas accesorios

Excepciones a la obligacion de garantizar

No se requiere garantia cuando:

- El contribuyente demuestra insolvencia para garantizar
- Se interpone acuerdo conclusivo ante PRODECON (durante la auditoria)
- La ley otorga expresamente la suspension sin garantia
- El contribuyente es una persona fisica de bajos ingresos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La suspension del PAE es critica para evitar que la autoridad embargue y remate los bienes del contribuyente mientras se resuelve el medio de defensa. En SDV Asesores analizamos la mejor forma de garantizar el interes fiscal para cada cliente. La fianza suele ser la opcion mas utilizada, pero su costo (generalmente 1-3% anual del monto garantizado) puede ser significativo en creditos fiscales altos. En casos de insolvencia, hemos logrado suspensiones sin garantia demostrando la imposibilidad economica del contribuyente, lo cual es un derecho poco conocido pero muy valioso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LFDC?

Regula el derecho del contribuyente a solicitar la suspension del procedimiento administrativo de ejecucion cuando interponga medios de defensa, cumpliendo con los requisitos de garantia del interes fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la Derechos del Contribuyente?

La suspension del PAE es critica para evitar que la autoridad embargue y remate los bienes del contribuyente mientras se resuelve el medio de defensa. En SDV Asesores analizamos la mejor forma de garantizar el interes fiscal para cada cliente. La fianza suele ser la opcion mas utilizada, pero su costo (generalmente 1-3% anual del monto garantizado) puede ser significativo en creditos fiscales altos. En casos de insolvencia, hemos logrado suspensiones sin garantia demostrando la imposibilidad economica del contribuyente, lo cual es un derecho poco conocido pero muy valioso.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 22 LFDC?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 22 del LFDC, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de actualizacion y recargos. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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