El titular del CNI tiene atribuciones que incluyen convocar grupos de trabajo y gestionar recursos. Estas atribuciones son esenciales para el funcionamiento del sistema de inteligencia.
Atribuciones de la persona titular del CNI Además de llevar a cabo las acciones necesarias para el ejercicio de las funciones establecidas en la presente Ley en favor del CNI, su titular tendrá las siguientes atribuciones:
I. Convocar a sesiones a los grupos de trabajo;
II. Nombrar a la persona que coordine cada uno de los grupos de trabajo, de entre sus integrantes;
III. Solicitar acuerdos y acciones concretas a los grupos de trabajo;
IV. Aprobar los programas y las acciones de los grupos de trabajo;
V. Informar de manera periódica al Consejo Nacional y a la Secretaría, de las actividades de los grupos de trabajo; LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN E INTELIGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
VI. Gestionar ante la Secretaría los recursos presupuestales, materiales y humanos que se requieran para las operaciones de sus grupos de trabajo, y encargarse de su administración;
VII. Aprobar la invitación de representantes temporales de otras instituciones para el desarrollo de las actividades de los grupos de trabajo, y
VIII. Previo acuerdo con la persona titular de la Secretaría, resolver todas aquellas cuestiones no previstas en esta Ley que resulten necesarias para el cumplimiento de los fines del Sistema y de la ejecución de los acuerdos e instrucciones del Consejo Nacional, en el ámbito de sus atribuciones y de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las atribuciones del titular del CNI son clave para la gestión de recursos y la coordinación de esfuerzos. Es importante que los abogados comprendan estas dinámicas para interactuar efectivamente con el CNI.
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