LSNIEG

Artículo 67. Composicion de la Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno está compuesta por cinco miembros designados por el Presidente de la República. Esto garantiza un control político en la dirección del Instituto.

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Texto Legal

La Junta de Gobierno es el órgano superior de dirección del Instituto, y estará integrada por cinco miembros designados por el Presidente de la República con la aprobación de la Cámara de Senadores o, en los recesos de esta última, de la Comisión Permanente.

De entre los miembros de la Junta de Gobierno, el Ejecutivo Federal nombrará al Presidente del Instituto, quien presidirá el citado órgano colegiado. El resto de los miembros de la Junta de Gobierno actuarán como vicepresidentes de la misma.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La composición de la Junta de Gobierno puede influir en las decisiones del Instituto. Es útil para los profesionales conocer a los miembros y sus trayectorias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 del LSNIEG?

La Junta de Gobierno está compuesta por cinco miembros designados por el Presidente de la República. Esto garantiza un control político en la dirección del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadís...?

La composición de la Junta de Gobierno puede influir en las decisiones del Instituto. Es útil para los profesionales conocer a los miembros y sus trayectorias.

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