LSNIEG

Artículo 50. Inconformidad con el acta

Los Informantes pueden inconformarse con los hechos asentados en el acta de inspeccion mediante un recurso de revision. Esto les permite defender su posicion ante posibles errores.

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Texto Legal

Los Informantes del Sistema, respecto de quienes se hubiesen practicado los actos a que se refiere el artículo anterior, podrán inconformarse con los hechos asentados en el acta correspondiente, mediante la interposición del recurso de revisión a que se refiere el Capítulo II del Título Cuarto de esta Ley.

SECCIÓN III De la Atención a las Solicitudes Oficiales de Información Provenientes del Extranjero

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los Informantes conozcan sus derechos para inconformarse. La posibilidad de presentar un recurso de revision les brinda una herramienta para proteger sus intereses.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del LSNIEG?

Los Informantes pueden inconformarse con los hechos asentados en el acta de inspeccion mediante un recurso de revision. Esto les permite defender su posicion ante posibles errores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadís...?

Es fundamental que los Informantes conozcan sus derechos para inconformarse. La posibilidad de presentar un recurso de revision les brinda una herramienta para proteger sus intereses.

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