LSNIEG

Artículo 118. Improcedencia del recurso

Se desechará el recurso de revisión si se interpone contra actos que no afectan los intereses del promovente o que ya han sido consentidos. Este artículo especifica las causas de improcedencia.

improcedenciarecurso de revisionactos administrativos

Texto Legal

Se desechará por improcedente el recurso de revisión cuando éste se interponga contra actos o resoluciones:

I. Que sean materia de otro recurso o medio de defensa que se encuentre pendiente de resolución, presentado por el mismo promovente y por el mismo acto o resolución impugnado;

II. Que no afecten los intereses jurídicos del promovente;

III. Consumados de un modo irreparable, y

IV. Consentidos expresamente. LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es recomendable evaluar la viabilidad del recurso antes de interponerlo, considerando las causales de improcedencia. Esto puede ahorrar tiempo y recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 118 del LSNIEG?

Se desechará el recurso de revisión si se interpone contra actos que no afectan los intereses del promovente o que ya han sido consentidos. Este artículo especifica las causas de improcedencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 118 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadís...?

Es recomendable evaluar la viabilidad del recurso antes de interponerlo, considerando las causales de improcedencia. Esto puede ahorrar tiempo y recursos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 118 del LSNIEG?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 118 LSNIEG desde tu celular