LSNIEG

Artículo 104. Infracciones de Servidores Publicos

Los servidores públicos del Instituto y Unidades pueden incurrir en infracciones por revelar datos confidenciales o entorpecer procesos. Esto resalta la importancia de la ética en el manejo de información.

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Texto Legal

Son infracciones imputables a los servidores públicos del Instituto o a los servidores públicos de las Unidades las siguientes:

I. La revelación de datos confidenciales;

II. La violación de las reservas de los secretos de carácter industrial o comercial o de cualquier otro tipo, o el suministro en forma nominativa o individualizada de los datos proporcionados por los Informantes del Sistema;

III. La inobservancia de la reserva en materia de Información, cuando por causas de seguridad nacional hubiese sido declarada de divulgación restringida por la Junta de Gobierno;

IV. La participación deliberada en cualquier acto u omisión que entorpezca el desarrollo normal de los levantamientos censales o de los procesos de generación de Información;

V. Impedir, sin justificación, el libre ejercicio de los derechos de acceso y rectificación de datos, cuando estuvieren a cargo de los registros administrativos establecidos por Ley, y

VI. Impedir el acceso del público a la Información a que tenga derecho.

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Interpretación práctica por el equipo de SDV

La capacitación en ética y manejo de información es esencial para evitar infracciones y sanciones que pueden perjudicar la reputación del Instituto y sus servidores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104 del LSNIEG?

Los servidores públicos del Instituto y Unidades pueden incurrir en infracciones por revelar datos confidenciales o entorpecer procesos. Esto resalta la importancia de la ética en el manejo de información.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 104 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadís...?

La capacitación en ética y manejo de información es esencial para evitar infracciones y sanciones que pueden perjudicar la reputación del Instituto y sus servidores.

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