Este artículo establece que la correspondencia con derechos por cobrar requiere permiso previo del organismo y detalla el proceso para su manejo. Es un servicio específico que debe ser gestionado adecuadamente.
El servicio de correspondencia con derechos por cobrar requerirá permiso previo del organismo y consiste en que el permisionario proporcione a sus corresponsales sobres o tarjetas sin franquear, ordinario o registrado, para su entrega al propio permisionario quien pagará los derechos correspondientes al recibir las piezas a su consignación.
CAPITULO XIV Servicio acelerado de correspondencia y envíos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los permisionarios deben asegurarse de cumplir con los requisitos para manejar correspondencia con derechos por cobrar. Esto es esencial para evitar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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