Este artículo enumera las condiciones bajo las cuales cesará la responsabilidad por correspondencia asegurada, incluyendo la entrega correcta y la prescripción de reclamaciones.
Cesará la responsabilidad respecto de la correspondencia y envíos asegurados:
I.- Por su entrega en los términos de esta Ley, a la persona legalmente autorizada para recibirlos, o por su devolución al remitente.
II.- Por haber transcurrido 6 meses a partir de la fecha de su depósito sin que se haya presentado reclamación alguna.
III.- Por haber transcurrido tres meses contados desde la fecha en que se hubiera notificado al interesado el otorgamiento de la indemnización respectiva, sin que el mismo haya ocurrido a cobrar su importe.
IV.- Por el pago de la indemnización.
CAPITULO XIII Acuse de recibo de piezas registradas y con derechos por cobrar
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender las causas de cesación de responsabilidad es vital para los remitentes. Esto les permitirá gestionar adecuadamente sus envíos y reclamaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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