LSM

Artículo 47. Recursos contra Resoluciones

Las resoluciones de las Juntas y Oficinas de Reclutamiento pueden ser recurridas, pero las de la Oficina Central son definitivas. Esto establece un marco claro para la impugnación de decisiones.

recursosresolucionesoficina central

Texto Legal

Las resoluciones que se dicten con motivo de la aplicación y cumplimiento de esta Ley, por las Juntas Municipales de Reclutamiento y por las Oficinas de Reclutamiento de Sector, podrán ser recurridas ante la Oficina de Reclutamiento de Zona y las de ésta ante la Oficina Central de Reclutamiento. Las resoluciones que se dicten por la Oficina Central de Reclutamiento tendrán el carácter de definitivas y contra ellas no cabrá ningún recurso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer los procedimientos de apelación es esencial para los abogados que representan a conscriptos, ya que puede ser la clave para resolver conflictos relacionados con el reclutamiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LSM?

Las resoluciones de las Juntas y Oficinas de Reclutamiento pueden ser recurridas, pero las de la Oficina Central son definitivas. Esto establece un marco claro para la impugnación de decisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY del Servicio Militar?

Conocer los procedimientos de apelación es esencial para los abogados que representan a conscriptos, ya que puede ser la clave para resolver conflictos relacionados con el reclutamiento.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 47 del LSM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 47 LSM desde tu celular