LSM

Artículo 29. Cabos y sargentos de reservas

Se especifica que los cabos y sargentos de las reservas provendrán de activos que se separen y de reservistas que asciendan. Esto organiza la jerarquía dentro de las reservas.

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Texto Legal

Los cabos y sargentos de las reservas, procederán:

a).- De los del activo que se separen hallándose en la edad militar.

b).- De los mismos reservistas que asciendan en las reservas, al satisfacer los requisitos que para ello se establezcan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La estructura de ascensos en las reservas es importante para los reservistas. Deben estar al tanto de los requisitos para poder avanzar en su carrera militar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LSM?

Se especifica que los cabos y sargentos de las reservas provendrán de activos que se separen y de reservistas que asciendan. Esto organiza la jerarquía dentro de las reservas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY del Servicio Militar?

La estructura de ascensos en las reservas es importante para los reservistas. Deben estar al tanto de los requisitos para poder avanzar en su carrera militar.

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