LSM

Artículo 21. Aviso de cambio de domicilio

Todos los mexicanos deben informar sobre cambios de domicilio a las autoridades encargadas del empadronamiento para fines del servicio militar.

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Texto Legal

Todos los mexicanos están obligados a dar aviso del cambio de domicilio a las autoridades encargadas del empadronamiento para los fines de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Mantener actualizada la información de domicilio es crucial para el cumplimiento de obligaciones. Los asesores deben recordar a sus clientes la importancia de este aviso para evitar problemas futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LSM?

Todos los mexicanos deben informar sobre cambios de domicilio a las autoridades encargadas del empadronamiento para fines del servicio militar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY del Servicio Militar?

Mantener actualizada la información de domicilio es crucial para el cumplimiento de obligaciones. Los asesores deben recordar a sus clientes la importancia de este aviso para evitar problemas futuros.

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