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Artículo 26. Publicación de Información Fiscal

El SAT proporcionará información para que el Ejecutivo Federal publique mensualmente datos sobre la recaudación federal participable y participaciones federales. Esto es clave para la transparencia fiscal.

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Texto Legal

Con el propósito de transparentar la relación fiscal entre la Federación y sus miembros, y de garantizar el estricto cumplimiento de la Ley de Coordinación Fiscal, el Servicio de Administración Tributaria proporcionará la información necesaria para que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publique mensualmente en el Diario Oficial de la Federación la información relativa a la recaudación federal participable y a las participaciones federales, por estados y la correspondiente al Distrito Federal, incluyendo los procedimientos de cálculo. La publicación de referencia deberá efectuarse a más tardar, dentro de los 30 días siguientes a la terminación del mes de que se trate y enviarse a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores. Artículo adicionado DOF 12-06-2003

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La publicación mensual de información fiscal es fundamental para la transparencia en la recaudación. Los contadores deben estar atentos a estos datos para asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento tributario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del 93_041218?

El SAT proporcionará información para que el Ejecutivo Federal publique mensualmente datos sobre la recaudación federal participable y participaciones federales. Esto es clave para la transparencia fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY del Servicio de Administración Tributaria?

La publicación mensual de información fiscal es fundamental para la transparencia en la recaudación. Los contadores deben estar atentos a estos datos para asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento tributario.

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