LSE

Artículo 94. Avalúos autorizados

Las partes pueden acordar la realizacion de avalúos por instituciones autorizadas, lo que garantiza la transparencia en la valoración de terrenos. Esto es fundamental para establecer un precio justo.

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Texto Legal

Las partes pueden acordar la práctica de avalúos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, instituciones de crédito del país que se encuentren autorizadas, corredores públicos o profesionistas con postgrado en valuación, siempre que formen parte del padrón, en los términos que indiquen las disposiciones reglamentarias de esta Ley. Los avalúos que se practiquen deben considerar los elementos que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales señale en la normatividad que emita al respecto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegurarse de que los avalúos sean realizados por profesionales autorizados puede evitar disputas futuras y asegurar que las partes estén de acuerdo con los valores establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 94 del LSE?

Las partes pueden acordar la realizacion de avalúos por instituciones autorizadas, lo que garantiza la transparencia en la valoración de terrenos. Esto es fundamental para establecer un precio justo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 94 de la LEY del Sector Eléctrico?

Asegurarse de que los avalúos sean realizados por profesionales autorizados puede evitar disputas futuras y asegurar que las partes estén de acuerdo con los valores establecidos.

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