LSE

Artículo 77. Excepción de Protección al Consumidor

Los servicios a Usuarios Calificados Participantes no están sujetos a ciertas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Esto les otorga mayor flexibilidad en sus operaciones.

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Texto Legal

A los servicios prestados a los Usuarios Calificados Participantes del Mercado no les aplica el párrafo segundo del artículo 113 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los profesionales deben estar atentos a las diferencias en la regulación que afectan a los Usuarios Calificados, ya que esto puede influir en la estrategia comercial y en la gestión de riesgos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del LSE?

Los servicios a Usuarios Calificados Participantes no están sujetos a ciertas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Esto les otorga mayor flexibilidad en sus operaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 77 de la LEY del Sector Eléctrico?

Los profesionales deben estar atentos a las diferencias en la regulación que afectan a los Usuarios Calificados, ya que esto puede influir en la estrategia comercial y en la gestión de riesgos.

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