Los Usuarios Calificados Participantes del Mercado son aquellos que se suministran sin la representación de una Suministradora. Pueden realizar actividades de comercialización, exceptuando el suministro a terceros.
Las personas titulares de los Centros de Carga que se suministren sin la representación de una Suministradora, se denominan Usuarios Calificados Participantes del Mercado. Con excepción de la prestación del Suministro Eléctrico a terceros y la representación de Generadoras Exentas terceras, los Usuarios Calificados Participantes del Mercado pueden realizar las actividades de comercialización a que se refiere el artículo 60 de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los contadores y abogados conozcan las implicaciones de la figura de Usuarios Calificados, ya que les permite participar activamente en el mercado eléctrico y optimizar costos.
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