LSE

Artículo 179. Informacion del CENACE a Participantes

El CENACE debe poner a disposición de los Participantes del Mercado información sobre precios, capacidades y modelos utilizados en el Mercado Eléctrico Mayorista, fomentando la transparencia.

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Texto Legal

El CENACE debe poner a disposición de los Participantes del Mercado dentro de los 7 días naturales siguientes al día de su determinación: I. Los modelos completos utilizados en el cálculo de los precios del Mercado Eléctrico Mayorista, con excepción de las ofertas a que se refiere el artículo anterior; II. Las capacidades y las disponibilidades de los elementos de las Centrales Eléctricas y de los elementos de la Red Nacional de Transmisión y de los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista, y III. Los modelos completos utilizados para el desarrollo de los programas para la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y de los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista. La Secretaría debe determinar criterios y procedimientos de control de usuarios para el acceso a esta información, tomando en cuenta el objetivo de fomentar la transparencia, competencia y seguridad. Adicionalmente, el CENACE debe poner a disposición del solicitante, dentro de los 7 días naturales siguientes al día de su determinación, los modelos y estudios utilizados para definir las características específicas de la infraestructura requerida para realizar la interconexión de una Central Eléctrica o la conexión de un Centro de Carga.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben utilizar la información proporcionada por el CENACE para optimizar su estrategia en el mercado y mejorar su competitividad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 179 del LSE?

El CENACE debe poner a disposición de los Participantes del Mercado información sobre precios, capacidades y modelos utilizados en el Mercado Eléctrico Mayorista, fomentando la transparencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 179 de la LEY del Sector Eléctrico?

Las empresas deben utilizar la información proporcionada por el CENACE para optimizar su estrategia en el mercado y mejorar su competitividad.

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