LSE

Artículo 167. Autorizacion de cobros por CENACE

La CNE autoriza los cobros propuestos por el CENACE para estudios de infraestructura y otros servicios necesarios para el funcionamiento del Sistema Eléctrico Nacional. Esto asegura la eficiencia en la conexión de Centros de Carga y Centrales Eléctricas.

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Texto Legal

La CNE autoriza, en su caso, los cobros que al efecto proponga el CENACE para la realización de estudios de características específicas de la infraestructura requerida y para los otros componentes del proceso de conexión de Centros de Carga e interconexión de Centrales Eléctricas, así como los demás servicios que se requieran para el funcionamiento eficiente del Sistema Eléctrico Nacional. Capítulo VII De las Inversiones de la Empresa Pública del Estado

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben estar preparadas para justificar los costos de los estudios solicitados por el CENACE, ya que esto puede afectar su viabilidad financiera y operativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 167 del LSE?

La CNE autoriza los cobros propuestos por el CENACE para estudios de infraestructura y otros servicios necesarios para el funcionamiento del Sistema Eléctrico Nacional. Esto asegura la eficiencia en la conexión de Centros de Carga y Centrales Eléctricas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 167 de la LEY del Sector Eléctrico?

Las empresas deben estar preparadas para justificar los costos de los estudios solicitados por el CENACE, ya que esto puede afectar su viabilidad financiera y operativa.

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