La CNE otorga permisos de generacion y comercializacion de energia, mientras que la Secretaria autoriza importaciones y exportaciones. Los interesados deben cumplir con requisitos específicos establecidos en disposiciones legales y reglamentos.
Los permisos de Generación y Comercialización los otorga la CNE. Las autorizaciones de importación y exportación de energía y Productos Asociados los otorga la Secretaría. Para su otorgamiento los interesados deben presentar la solicitud correspondiente, la acreditación del pago de derechos o aprovechamientos en los términos que establezcan las disposiciones legales de la materia, la información relativa a su objeto social, capacidad legal, técnica y financiera, y la descripción del proyecto en los términos que establezca la Secretaría mediante disposiciones de carácter general. Los requisitos para el otorgamiento de los permisos a que hace referencia el presente artículo se establecen en el Reglamento y las disposiciones administrativas que al respecto emiten la Secretaría o la CNE, según corresponda. Dichos requisitos deben considerar los criterios de planeación vinculante del sector eléctrico en los términos de la presente Ley. Los permisionarios deben ser personas físicas o morales constituidas conforme a las leyes mexicanas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los solicitantes comprendan todos los requisitos y criterios establecidos para evitar retrasos en la obtencion de permisos. La correcta acreditacion de capacidades es fundamental para el exito del proyecto.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo