La Secretaria establece los mecanismos y requisitos que deben cumplir las Suministradoras y Usuarios en relacion a la transicion energetica. Esto incluye la generacion de energias limpias y la obtencion de certificados.
Para efectos de las obligaciones de Transición Energética y Descarbonización del sector eléctrico: I. La Secretaría debe establecer los instrumentos, mecanismos y requisitos de Transición Energética y Descarbonización que deben cumplir las Suministradoras, los Usuarios Calificados Participantes del Mercado y las Usuarias Finales que reciban energía eléctrica por el autoconsumo;
LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. La Secretaría debe establecer los criterios para reconocer a las Generadoras y Generadoras Exentas que producen energía eléctrica a partir de Energías Limpias; III. La CNE debe otorgar los Certificados de Energías Limpias que correspondan, emitir la regulación para validar su titularidad y verificar el cumplimiento de dichas obligaciones; IV. Los Certificados de Energías Limpias pueden ser negociables a través del Mercado Eléctrico Mayorista y pueden homologarse con instrumentos de otros mercados y sistemas de gestión, en términos de los convenios que en su caso celebre la Secretaría, y V. La CNE puede establecer requerimientos de estimación, medición, y reporte relacionado con la generación de Energías Limpias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben implementar sistemas para cumplir con estos requisitos y evitar sanciones. La colaboracion con la Secretaria puede facilitar el proceso de cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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