LSE

Artículo 146. Negociabilidad de Certificados

Los Certificados de Energias Limpias deben ser negociables y se fomentan contratos de cobertura electrica a largo plazo. Esto promueve la estabilidad de precios en el mercado electrico.

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Texto Legal

La regulación aplicable debe permitir que estos certificados sean negociables, debe fomentar la celebración de Contratos de Cobertura Eléctrica a largo plazo que incluyan Certificados de Energías Limpias y puede permitir el traslado de certificados excedentes o faltantes entre periodos y establecer cobros por realizar dicho traslado a fin de promover la estabilidad de precios. Los Certificados de Energía Limpia tienen una vigencia de 30 meses a partir de la fecha de su otorgamiento. A su vez, la regulación debe permitir la adquisición, circulación y compraventa de los Certificados de Energías Limpias y los Contratos de Cobertura Eléctrica relativos a ellos, por personas que no sean Participantes de Mercado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben considerar la negociacion de certificados como una estrategia para optimizar costos. Evaluar el mercado puede ofrecer oportunidades de ahorro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 146 del LSE?

Los Certificados de Energias Limpias deben ser negociables y se fomentan contratos de cobertura electrica a largo plazo. Esto promueve la estabilidad de precios en el mercado electrico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 146 de la LEY del Sector Eléctrico?

Las empresas deben considerar la negociacion de certificados como una estrategia para optimizar costos. Evaluar el mercado puede ofrecer oportunidades de ahorro.

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