LSE

Artículo 137. Solicitud de Autorizacion

Las Empresas Publicas y personas interesadas deben solicitar autorizacion para la Manifestacion de Impacto Social, exceptuando ciertos casos como centrales electricas sin permiso. Esta solicitud es un paso clave para el desarrollo de proyectos electricos.

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Texto Legal

La Empresa Pública del Estado o las personas interesadas en desarrollar Proyectos de Infraestructura eléctrica, deben presentar a la Secretaría, la solicitud de autorización de la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético a que se refiere el artículo 136 de esta Ley, salvo en los casos siguientes: I. Centrales Eléctricas que no requieran permiso en los términos de la presente Ley; II. Las ampliaciones, modificaciones, sustituciones de infraestructura, rehabilitación y el mantenimiento de instalaciones que se encuentren en operación y que no representen un impacto social significativo, y III. Cualquier otro definido en el Reglamento o en otras disposiciones derivadas de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante verificar si el proyecto se encuentra dentro de las excepciones para evitar la presentacion innecesaria de solicitudes. Mantener un registro claro de los requisitos puede facilitar el proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 137 del LSE?

Las Empresas Publicas y personas interesadas deben solicitar autorizacion para la Manifestacion de Impacto Social, exceptuando ciertos casos como centrales electricas sin permiso. Esta solicitud es un paso clave para el desarrollo de proyectos electricos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 137 de la LEY del Sector Eléctrico?

Es importante verificar si el proyecto se encuentra dentro de las excepciones para evitar la presentacion innecesaria de solicitudes. Mantener un registro claro de los requisitos puede facilitar el proceso.

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