LSE

Artículo 126. Administración del CENACE

La administración del CENACE está a cargo de un Consejo de Administración y una Dirección General, garantizando autonomía en su operación. Esto asegura una gestión eficiente y alineada con los intereses del sector.

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Texto Legal

La administración del CENACE está a cargo de un Consejo de Administración y de una Dirección General. La dirección y visión estratégica del CENACE está a cargo de su Consejo de Administración, mismo que debe contar con al menos una tercera parte de personas consejeras independientes. La gestión, operación y ejecución de las funciones del CENACE está a cargo, exclusivamente, de la Dirección General, para lo cual goza de autonomía. En los comités consultivos que, en su caso, cree el Consejo de Administración deben participar personas representantes del sector eléctrico.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los integrantes del sector eléctrico comprendan la estructura del CENACE para facilitar la colaboración. La participación de consejeros independientes puede aportar transparencia y confianza al proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 126 del LSE?

La administración del CENACE está a cargo de un Consejo de Administración y una Dirección General, garantizando autonomía en su operación. Esto asegura una gestión eficiente y alineada con los intereses del sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 126 de la LEY del Sector Eléctrico?

Es importante que los integrantes del sector eléctrico comprendan la estructura del CENACE para facilitar la colaboración. La participación de consejeros independientes puede aportar transparencia y confianza al proceso.

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