El CENACE opera el Mercado Eléctrico Mayorista, donde se realizan transacciones de energía eléctrica. Los precios son calculados con base en las ofertas recibidas.
El CENACE opera el Mercado Eléctrico Mayorista conforme a la presente Ley. En el Mercado Eléctrico Mayorista, los Generadores, Comercializadores y Usuarios Calificados Participantes del Mercado pueden realizar las transacciones referidas en el artículo 112 de esta Ley, de conformidad con las Reglas del Mercado. Invariablemente los precios de las transacciones celebradas en el Mercado Eléctrico Mayorista se calculan por el CENACE con base en las ofertas que reciba, en los términos de las Reglas del Mercado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los participantes del mercado comprendan las reglas y procedimientos del CENACE para maximizar sus oportunidades en el mercado eléctrico.
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Art. 109. Preferencia por bienes y servicios nacionales
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Art. 111. Características del Mercado Eléctrico Mayorista
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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