Quienes realicen trámites inmediatos de importación de vehículos extranjeros están exceptuados de acreditar la inscripción en el Registro, siempre que cumplan con los impuestos y requisitos legales.
Estarán exceptuados de acreditar la inscripción en el Registro quienes realicen trámites inmediatos de ingreso respecto de la importación de un vehículo extranjero, el cual invariablemente deberá cumplir con el pago de los impuestos correspondientes y demás requisitos legales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los importadores conozcan estas excepciones para evitar complicaciones en sus trámites aduanales.
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Art. 18. Coordinación de autoridades para verificación
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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